A destacar la obligación de todos los residentes (C/ Concepción, C/ Solana y Pza de España) de solicitar autorización en el Ayuntamiento para estacionar en la zona.

 

AUTORIZACIÓN DE ACCESO:

 

Las zonas de prioridad peatonal son zonas de acceso restringido para todo tipo de vehículos motorizados, en las que únicamente se permite el acceso y circulación de aquellos vehículos motorizados que cuenten con la autorización municipal expresa, en las franjas horarias que el Ayuntamiento determine.

 

En las zonas peatonales no se permitirá el estacionamiento. Únicamente se permitirá la parada del vehículo por el tiempo estrictamente necesario, con un máximo de 10 minutos, para satisfacer la causa que haya motivado la entrada en la zona de prioridad peatonal.

 

Los vehículos a motor que transiten por las zonas peatonales deberán adecuar su velocidad a la de los peatones, sin sobrepasar nunca la velocidad máxina fijada en 10 km/h.

 

Podrá autorizarse el acceso a las zonas de prioridad peatonal en los siguientes casos:

 

1- RESIDENTES:

El acceso a las zonas de prioridad peatonal será autorizado para las personas que acrediten su residencia habitual.

 

2- COMERCIANTES:

El acceso a las zonas de prioridad peatonal será autorizado para los vehículos comerciales de las empresas que desarrollan su actividad en vías personalizadas, para realizar operaciones de carga y descarga.

 

3- NO RESIDENTES:

Podrán acceder a las entidades bancarias, comercios o servicios ubicados en las zonas peatonales, realizando la parada en Plaza de España por un máximo de 10 minutos.

 

Excepciones:

a) A los vehículos que posean autorización municipal expresa, en los horarios establecidos en dicha autorización.

b) A los del servicio de extinción de incendios, fuerzasy cuerpos de seguridad, asistencia sanitaria y los vehículos que presten otros servicios públicos, mientras estén prestando servicio.

c) Las personas que acrediten la tenencia de movilidad reducida, podrán acceder a las entidades bancarias, comercios, etc., de la zona de prioridad peatonal, con una parada máxima de 10 minutos.

 

Como norma general para todos los vehículos que accedan de una manera u otra deben recordar "que se encuentran en una zona de prioridad peatonal y que su velocidad debe ser muy reducida, que LOS PEATONES TIENEN PREFERENCIA DE PASO EN TODO MOMENTO".

 

El acceso podrá ser restringido cuando concurran actividades en las calles que puedan poner en riesgo la seguridad de los peatones.

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