En virtud de la Orden del Ministerio de Sanidad 427/2020, de 21 de mayo, (B.O.E. de 22/05/2020) se flexibilizan ciertas restricciones, tal y como se indica a continuación:

 

 

- A partir de hoy, y no antes, tal y como establece el artículo 3.1 de la citada Orden, los niños y niñas menores de 14 años, pueden circular por las vías y espacios de uso público sin la limitación de ser acompañados por un único adulto responsable, para realizar un paseo diario, de una duración máxima de una hora y a una distancia no superior a un kilómetro del domicilio del menor, sin que sea de aplicación la franja horaria que regía entre las 12:00 y las 19:00 horas, con lo cual ahora se puede entre las 6 y las 23 horas y todos los convivientes de un mismo domicilio.

 

- La práctica de actividad física no profesional debe realizarse dentro del término municipal, o en su defecto a una distancia máxima de 5 kilómetros, incluyendo municipios colindantes que pertenezcan al área de salud de Ólvega.

 

 

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