El Pleno del Ayuntamiento de Ólvega, en sesión celebrada el día 11 de julio de 2023, aprobó la delegación en favor de la Junta de Gobierno Local de las atribuciones a que se refiere el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y que son las siguientes:

 

- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.

 

- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

 

- La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto, y las operaciones de tesorería, cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos liquidados en el ejercicio anterior.

 

- La aprobación de proyectos de obras y servicios cuando el Pleno sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.

 

- Las demás que expresamente le confieran las Leyes.

 

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

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